TEMA DE HOY:
LOS EFECTOS DEL FIDEICOMISO.
EFECTOS SOBRE LOS BIENES FIDEICOMITIDOS:
Se constituye sobre ellos una "PROPIEDAD FIDUCIARIA" Así lo establece el Artículo 11 de la ley de fondo y agrega que respecto de ellos regirán las disposiciones del Título VII del Libro III del Código Civil de la República Argentina. O la ley específica cuando se trate de cosas o las leyes que correspondan según la naturaleza de los bienes fideicomitidos.
Como adelantábamos al tratar de definir las características especiales del FIDEICOMISO en este carácter también se nota esa personalidad especial que la ley le irroga con lo cual el concepto de ISLA DE PROTECCIÓN JUDICIAL se materializa por esta propiedad que está muy cerca del DOMINIO PERFECTO, SE TRATA DE UN DOMINIO ESPECIAL: DOMINIO FIDUCIARIO.
RESPECTO A TERCEROS:
Frente a terceros sus efectos empiezan a tener vigencia efectiva desde el momento de cumplimiento de las formalidades exigidas por la ley según la naturaleza de los bienes. Es decir y para tomarlo como ejemplo la formalidad en el caso de Inmuebles Registrables desde la cosntitución por el Instrumento Público que da fé del fideicomso encomendado.-
BIENES FIDEICOMITIDOS: Son los bienes que se encomiendan o trasmiten al FIDEICOMISO.
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